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TEXTO COMPLETO DEL 'PLAN IBARRETXE' Propuesta de Estatuto Político de Euskadi
El Pueblo Vasco o Euskal Herria es un Pueblo con identidad
propia en el conjunto de los pueblos de Europa, depositario de un patrimonio
histórico, social y cultural singular, que se asienta geográficamente
en siete Territorios actualmente articulados en tres ámbitos jurídico-políticos
diferentes ubicados en dos estados.
El Pueblo Vasco tiene derecho a decidir su propio futuro, tal
y como se aprobó por mayoría absoluta el 15 de febrero de 1990
en el Parlamento Vasco, y de conformidad con el derecho de autodeterminación
de los pueblos, reconocido internacionalmente, entre otros, en el Pacto Internacional
de Derechos Civiles y Políticos y en el Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales.
El ejercicio del derecho del Pueblo Vasco a decidir su propio
futuro se materializa desde el respeto al derecho que tienen los ciudadanos
y ciudadanas de los diferentes ámbitos jurídico-políticos
en los que actualmente se articula a ser consultados para decidir su propio
futuro. Esto es, respetando la decisión de los ciudadanos y ciudadanas
de la actual Comunidad Autónoma Vasca, la decisión de los ciudadanos
y ciudadanas de la Comunidad Foral de Navarra, así como las decisiones
de los ciudadanos y ciudadanas de los Territorios vascos de Iparralde –Lapurdi,
Behe Nafarroa, y Zuberoa.
De conformidad con estos tres pilares y como parte integrante
del Pueblo Vasco, los ciudadanos y ciudadanas de la actual Comunidad Autónoma
de Euskadi, integrada por los Territorios de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa, en el
ejercicio de nuestra voluntad democrática y en virtud del respeto y actualización
de nuestros derechos históricos recogidos en el Estatuto de Gernika y
en la Constitución española, manifestamos nuestra voluntad de
formalizar un nuevo pacto político para la convivencia.
Este pacto político se materializa en un nuevo modelo
de relación con el Estado español, basado en la libre asociación
y compatible con las posibilidades de desarrollo de un estado compuesto, plurinacional
y asimétrico.
Por cuanto antecede, los ciudadanos y ciudadanas de Araba,
Bizkaia y Gipuzkoa ratificamos el siguiente Estatuto Político.
Título
Preliminar (artículos 1-11).
Título
I - Del régimen de relación política con el
Estado español y sus garantías (artículos 12-17).
Título
II - De los poderes en la Comunidad de Euskadi (artículos
18-30).
Título
III - Del régimen de relación política e institucional
en el ámbito de la Comunidad de Euskadi (artículos 31-36).
Título
IV - Del ejercicio del poder público en la Comunidad de
Euskadi (artículos 37-54).
Título
V - De la economía, hacienda y patrimonio en la Comunidad
de Euskadi (artículos 55-64).
Título
VI - Del régimen de relación política con
el ámbito europeo e internacional (artículos 65-69).
Disposición
Transitoria y Disposición Final.
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